NEXOS DE VOLUNTAD

 
“A se producirá el efecto de B, es decir, si A es, tiene que ser B.
En cambio la norma jurídica por virtud de la cópula “debe ser”, dice: si A es  
debe ser B.”  
(Kelsen, La Teoría Pura del Derecho, Ed. Losada, Buenos Aires, págs. 48 y 49)

Al relacionar el “deber ser” con la imputación nos damos cuenta de que esta
cópula es un nexo que une un supuesto jurídico con una consecuencia de
derecho.
En el “deber ser” existe una voluntad, hay libertad y esta cópula no puede ser desechada; en los formas de imputación mencionadas por Kelsen existen nexos.
 Cópula: función de relación y es atributiva porque se le atribuye la consecuencia a un determinado antecedente
Con esto nos damos la idea de que los nexos en la ley son obvios y que los sujetos de derecho estamos latentes a participar en estos.
La cópula “deber ser “generalmente nos indica el verbo, la acción que es precisamente lo que une a una hipótesis con la consecuencia. (supuesto-consecuencia)
Los enlaces de la cópula son directos e indirectos:
“la cópula del “deber ser”, existe un enlace directo entre las conductas de dos o mas sujetos de derecho que pueden hallarse en el mismo plano ---particulares--- o en planos diferentes---particular y estado---; también puede existir la forma de enlace indirecto que va del supuesto como hecho simplemente natural a la interferencia intersubjetiva  de dos o mas conductas por una relación jurídica. (ROJINA VILLEGAS, RAFAEL pág. 109), en dichos enlaces se muestra como funciona el “deber ser”.

LA RELACIÓN JURÍDICA

LEGAZ Y LACAMBRA: “La relación jurídica es un vínculo creado por normas jurídicas entre sujetos de derecho nacidos de un determinado hecho que origina situaciones jurídicas correlativas de facultades y deberes, cuyo objeto son ciertas prestaciones garantizadas por la aplicación de una consecuencia coactiva o sanción.”

ROJINA VILLEGAS, RAFAEL:
“La relación jurídica consiste en la articulación fundamental de los supuestos, las consecuencias, los sujetos y los objetos del derecho, constituyendo así un elemento complejo, por cuanto la misma se constituye por un enlace o articulación de los supuestos, las consecuencias, los sujetos y los objetos del derecho, unidos por un nexo específico del ordenamiento jurídico que denominamos: la cópula del “deber ser”.
Estos dos estudiosos del derecho ven a la relación jurídica como un vínculo que enlaza a los sujetos del derecho con sus actos y así mismo sus consecuencias.