FUENTES DEL DERECHO
LA COSTUMBRE COMO FUENTE DEL DERECHO
LA LEY
CONCEPTO
LA LEY ES UNA NORMA RACIONAL ENCAMINADA AL BIEN GENERAL DICTADA POR UNA AUTORIDAD LEGÍTIMA.
EXISTEN DIVERSAS ESPECIES DE LEYES:
· IMPERATIVAS: ORDENAN LA EJECUCIÓN DE ACTOS DETERMINADOS.
· PROHIBITIVAS: IMPIDEN LA REALIZACIÓN DE ACTOS DETERMINADOS.
· PERMISIVAS: PERMITAN, TOLERAN O AUTORIZAN ALGO.
· INTERPRETATIVAS: ESCLARECEN EL VERDADERO SENTIDO DE LA LEY.
· RENUNCIABLES E IRRENUNCIABLES: PUEDAN SER OBJETO O NO DE RENUNCIA.
· PERFECTAS: CONTEMPLAN UNA SANCIÓN.
· MENOS PERFECTAS: SANCIÓN DE ORDEN DISCIPLENARIO O PENAL.
· IMPERFECTAS: NO CONTIENEN SANCIÓN.
CARACTERÍSTCAS DE LA LEY:
GENERALIDAD: LA LEY ES APLICABLE A TODOS SIN DISTINCIÓN ALGUNA, NO SON ENCAMNADAS A UN SOLO INDIVIDUO SINO A UNA COMUNIDAD.
OBLIGATORIEDAD: LAS LEYES DEBEN CUMPLRSE SN EXCEPCIÓN ALGUNA; LA IGNORANCIA DE LA LEY NO TE EXIME DE TUS OBLBACIONES, EXIXTEN ALGNOS CASOS EN LOS QUE POR LA FALTA DE PUBLICDAD DE LAS LEYES LOS CIUDADANOS REALIZAN ACTOS SIN SABER QUE LA EFECTOS SURTE LA LEY, EN ESTOS CASOS EL JUEZ OTORGA UN PLAZO DETERMNADO PARA QUE SE CUMPLA LO ESTABLECIDO POR LA LEY.
IRRETROACTVIDAD: EL ARTCULO 14º CONSTITUCIONAL CONTEMPLA QUE A NINGUNA LEY SE DARA EL EFECTO RETROACTIVO EN PERJUICIO DE PERSONA ALGUNA.
PROCESO LEGISLATIVO:
· INICIATIVA: EN ESTA PRIMERA ETAPA SE REALIZA UN PROYECTO DE LEY QUE PUEDE SER PRONMOVIDO POR: EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, EL CONGRESO DE LA UNIÓN Y LAS LEGISLATURAS DE LOS ESTADOS. (ART. 71 Y 72 DE LA CONSTITUCIÓN MEXICANA)
· DISCUSIÓN: EN ESTA ETAPA LA CAMARA DE ORIGEN Y LA REVISORA DISCUTEN SOBRE SI DEBE DE SER APROBADO O NO EL PROYECTO DE LEY.
· APROBACIÓN: ACTO POR EL CUAL ES ACEPTADO FORMALMENTE LA INICIATIVA DE LEY.
· SANCIÓN: ACTO POR EL CUAL EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA ACEPTA EL PROYECTO DE LEY.
· DERECHO DE VETO: FACULTAD QUE TIENE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLCA PARA APROBAR O NO LA INICIATIVA DE LEY EN CASO DE NO HACERLO LA REGRESA A LAS RESPECTIVAS CAMÁRAS PARA REALIZARLE MODIFICACONES.
· PROMULGACIÓN: ES EL ACT EN EL QUE SE VERÍFICA SI LA LEY ES AUTÉNTICA O NO.
· PUBLCACIÓN: ES CUANDO LA LEY ES PUBLICADA Y PRESENTADA POR EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLCA A LOS CIUDADANOS.
· INICIACIÓN DE VIGENCIA: SE PRESENTA CUANDO LA LEY EMPIEZA ASURTIR SUS EFECTOS EXISTEN DOS SISTEMAS EL SINCRÓNICO Y EL SUCESIVO; EL PRIMERO CONTEMPLA QUE LA LEY SURTIRÁ EFECTOS DESDE EL DÍA EN QUE SE PUBLICÓ Y EL SEGUNDO TRES DIAS DESPUES DE ESTÁ.
LA LEY CON RELACIÓN A:
CÓDIGO: CUERPO DE PRECEPTOS O DISPOSICIONES QUE SUELEN SER DE LAS RAMAS DEL DERECHO.
REGLAMENTO: NORMAS JURÍDICAS DE CARÁCTER GENERAL DICTADAS POR LA ADMINISTRACIÓN PARA EL CUMPLIMIENTO DE SUS FINES.
EXISTEN TRES TIPOS DE REGLAMENTOS:
· EJECUTIVO: ES DE FÁCIL Y SEGURA EJECUCIÓN.
· DELEGADOS: CREADOS POR EL PODER LEGISLATIVO.
· AUTÓNOMOS: CREADOS POR EL PODER EJECUTIVO.
CONFLICTO DE LAS LEYES EN EL ESPACIO
Un problema que existe en las leyes van de acuerdo al espacio; los problemas de las leyes empiezan desde que se da el proceso legislativo y hasta la perdida de vigencia de la ley.
En los conflictos relacionados con el espacio se dan dos tipos de resoluciones la territorial y la personal.
RESOLUCIONES DE LOS CONFLICTOS DE LAS LEYES EN EL ESPACIO
Territorial: afirma que las leyes se dictan para un territorio determinado y su límite se encuentra dentro de este.
Personal: sostiene que las leyes se dictan para las personas y las acompañan fuera del territorio.
LA JURISPRUDENCIA COMO FUENTE DEL DERECHO.